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Ley de cuidados paliativos – Se sancionó la Ley de Cuidados Paliativos

Ley de cuidados paliativos – Se sancionó la Ley de Cuidados Paliativos

Por Julieta Pérez Espinosa.

El pasado 5 de julio fue sancionada la nueva ley nacional de cuidados paliativos en Argentina (Ley N° 27.678). Su objeto es asegurar el acceso de los pacientes a las prestaciones integrales sobre cuidados paliativos en los ámbitos público, privado y de la seguridad social, y el acompañamiento a sus familias.

Con 218 votos afirmativos y uno negativo, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que busca proteger y garantizar el derecho a la vida y a la salud en sentido integral, la equidad en el acceso de las prestaciones, la dignidad y autonomía del paciente en las decisiones sobre los tratamientos y cuidados.

El fin de la norma es desarrollar una estrategia de atención interdisciplinaria e integral centrada en la persona, que atienda las necesidades físicas, psíquicas, sociales y espirituales de los pacientes que padecen enfermedades crónicas o degenerativas.

Asimismo, la ley pretende promover el “acceso a las terapias tanto farmacológicas como no farmacológicas disponibles y basadas en la evidencia científica para la atención paliativa”; y promover “la formación profesional de grado y posgrado, la educación continua y la investigación en cuidados paliativos”.

En este contexto, se definen a los cuidados paliativos como “un modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida, a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas físicos, psicológicos, sociales y espirituales”.

Debemos destacar también que la ley contempla el acompañamiento del paciente y su familia a través de la creación de redes de asistencia en los distintos niveles del sistema de salud y de equipos de soporte interdisciplinarios especializados en el tema.

Además, se determina que las obras sociales y entidades de medicina prepaga deberán cubrir los cuidados paliativos a las personas que lo necesiten.

Para la entrada en vigencia de la ley, aún se encuentra pendiente su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

Para más información contactarse con: jperezespinosa@ojambf.com

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