Compartir

MARCA PAÍS ARGENTINA

MARCA PAÍS ARGENTINA

Por María Luisa Santa María y Delfina Sejas.

El 4 de noviembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución No. 60/2021 del Ministerio de Turismo y Deportes que aprueba el “Reglamento de la Marca País Argentina” (el “Reglamento”) y que contiene como anexo tanto “El Manual de Uso de la Marca País Argentina” (el “Manual”) como los “Certificados Marca País Argentina”.

En julio pasado se estableció la “Marca País Argentina” como marca oficial de la República Argentina a través del Decreto No. 460/2021 donde se buscaba la regularización y estandarización de la imagen nacional. Esto implicó una renovación del signo.  

(i) ¿Qué es la Marca País?

El Reglamento nos brinda una definición de la Marca País como: “una herramienta para la promoción de la República Argentina que tiene como objetivos el posicionamiento internacional y la promoción del turismo, la cultura, el deporte, el talento argentino, las exportaciones y el fomento de la inversión extranjera directa”. En efecto, esta marca pretende actuar como un identificador del país representando los valores nacionales y tiene como objetivos contribuir al crecimiento de las exportaciones y la mejora de la imagen del país, entre otros. 

La marca se encuentra constituida por la denominación “Argentina” con el siguiente diseño y logo característicos:

Sin embargo, en el Manual se establecen algunas posibles variantes del mismo. Para mayor información técnica sobre los parámetros de aplicación de la marca, se puede consultar el manual mencionado a través de este link “BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA – Resolución 60/2021 “ sobre el archivo adjunto denominado “Anexo 2”.

(ii) ¿Quiénes pueden ser autorizados a utilizar la Marca País?

El Estado Argentino es quien tiene la titularidad de la marca. Concretamente, la autoridad de aplicación es la Dirección Nacional de Marca País, dependiente de la Secretaría de Promoción Turística del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación. A su vez, este último, puede autorizar su uso por medio de la designación de representantes o el otorgamiento de licencias de uso a personas humanas o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras.

El uso de la Marca País puede ser otorgado a marcas registradas que distinguen productos y servicios argentinos. Es necesario tener en cuenta que el solicitante debe contar con un portfolio de productos y servicios argentinos, en su totalidad. De otra manera no se le otorgaría el uso de la Marca País.

También se puede otorgar su uso en obras amparadas por derecho de autor y en eventos tanto nacionales como extranjeros que busquen promocionar la imagen del país. Por último, el Reglamento permite el uso de la Marca País por los denominados “representantes”, es decir, aquellas personas humanas destacadas en el ámbito de la cultura, la ciencia, el deporte o actividades que representen, difundan e impulsen los valores nacionales.

(iii) ¿Cómo puede obtenerse la licencia de uso?

A fin de obtener la licencia de uso de la Marca País, debe tramitarse la solicitud ante el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación a través de la plataforma de Tramites a Distancia (TAD. Luego, se evalúa la solicitud teniendo en cuenta las acciones positivas que permitan la difusión de la cultura, los valores argentinos y también, la promoción de la imagen argentina.

Ciertas empresas tendrán prioridad para la obtención de la licencia de uso, entre otras:

  • Empresas innovadoras
  • Empresas vinculadas con problemáticas internacionales (medio ambiente, alimentación, reciclado, generación de fuentes alternativas de energía).
  • Empresas vinculadas a aspectos relevantes para la marca país: tecnología, innovación, biotecnología, economía del conocimiento, cultura, turismo, salud y logística.
  • Empresas con una fuerte práctica de Responsabilidad Social Empresaria (RSE) y empresas B.
  • Empresas reconocidas en el Índice “Great place to work”.
  • PyMEs disruptivas, pioneras y/o innovadoras.
  • Emprendedores y Start Ups.
  • Empresas gestionadas por mujeres o que cuenten con mujeres en puestos jerárquicos.

Una vez realizado el examen de la solicitud, se produce el pronunciamiento. Si el mismo es favorable y no median observaciones, se extenderá el certificado en el que consta la Licencia de Uso de la Marca País a favor del solicitante por un plazo de dos (2) años. Si el resultado es denegatorio, el solicitante puede pedir la reevaluación por única vez con los documentos que considere necesarios para su nuevo examen.

(iv) Naturaleza de la licencia de uso

Una vez que se otorga la licencia de uso, esta es intransferible, no tiene carácter exclusivo y no podrá exceder el plazo de dos (2) años, aunque se podrá solicitar su renovación por otro plazo igual.

(v) Prohibiciones de uso

El mismo Reglamento establece una serie de prohibiciones para el uso de Marca País cuando se utiliza para fines o actividades políticas, religiosas, o cuando sean contrarias a la promoción de la imagen del país. En esta línea, tampoco se permite aquel uso que lleve a consecuencias negativas en la percepción de la imagen del país. El Reglamento brinda ejemplos de esta última conducta como ser causar daños a la salud pública, al medio ambiente, generar conflictos sociales o afectar los intereses y las capacidades nacionales, entre otras.

(vi) Causales de suspensión

Existen causales que pueden dar lugar a la suspensión de la utilización de la Marca País. Entre ellas, podemos mencionar los siguientes casos a modo enunciativo:

  • Cuando el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación reciba quejas o denuncias por el uso contrario a lo establecido por el Reglamento.
  • Cuando no se dé cumplimiento a las condiciones que sustentaron el otorgamiento de la licencia de uso.
  • Cuando el licenciatario utilice la licencia de uso en productos para los cuales no estuviera autorizado.
  • Cuando el licenciatario posea más de una (1) licencia de uso, y una de ellas sea revocada o suspendida.

Ante la configuración de alguna de las causales de suspensión, se otorgará un plazo de noventa (90) días corridos para el cumplimiento de las observaciones. Vencido este plazo sin que se haya dado cumplimiento, se procederá a la revocación de la licencia. Es así que, las licencias de uso pueden ser revocadas por el incumplimiento de las normas del Reglamento, la falta de subsanación de las observaciones en el plazo otorgado o la falsedad en la documentación o información presentada.   

Como resultado de la extinción de la licencia de uso, el licenciatario deberá cesar en el uso de la Marca País, retirar del mercado los productos relacionados con la misma, destruirlos o reacondicionarlos para que no sean identificados con ella.

OJAM BULLRICH FLANZBAUM brinda servicios de asesoramiento para la obtención de la licencia de uso de la Marca País y estamos a disposición para asistirlos en este trámite específico.

Para más información contactarse con: mlsantamaria@ojambf.com.

Share post: