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El ratón más famoso del mundo se salvó de pagar

El ratón más famoso del mundo se salvó de pagar

Por Camila Sirianni.

El 27 de mayo de 2021 la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por daños y perjuicios derivados de una supuesta infracción a la Ley de Propiedad Intelectual por considerar que  el actor no había logrado demostrar ser el titular de los derechos de autor.

Julián Boffa inició demanda contra The Walt Disney Company (“Disney”) por daños y perjuicios. En su presentación relató que había sido contratado por Disney para desempeñarse como escritor y productor y que su actividad creativa había dado lugar a los formatos estructurales de “La Casa de Playhouse Disney” (temporadas 4, 5 y 6) y “La Florería de Bárbara” (temporadas 1 y 2), así como de sus obras teatrales, sin obtener el reconocimiento de su calidad de autor, lo cual constituía una infracción a la Ley de Propiedad Intelectual N° 11.723. En base a ello, reclamó la suma de Dólares Estadounidenses 1.300.000 en concepto de daño moral, lucro cesante y daño emergente.

Por su parte, Disney alegó que Boffa había sido contratado para brindar los servicios de “productor de programas”, con tareas de coordinación y de supervisión de guiones, no siendo el autor de ningún contenido. Asimismo, sostuvo que la empresa Buena Vista Internacional es la titular de los derechos de autor de las obras audiovisuales que se transmiten en las señales de Disney. 

La Jueza de Primera Instancia rechazó la demanda, lo cual motivó la presentación del recurso de apelación por parte del Sr. Boffa.

Por su parte, la Cámara confirmó la decisión de la instancia anterior. Para así resolver, el tribunal entendió que si bien la  actividad laboral del Sr. Boffa debía ser catalogada como “creativa”, el actor no sólo había sido contratado como “productor de programas” –bajo su respectivo Convenio Colectivo de Trabajo-, sino que aquél aceptó en su propuesta que su posición era la de escritor/productor, extremo que no fue controvertido por el Sr. Boffa. En tal sentido, su trabajo se encontraba enmarcado en una relación laboral.

Además, la Cámara consideró  que la prueba ofrecida por el actor no logró demostrar que sus ideas o aportes le hubiesen otorgado a los programas de TV la originalidad y novedad requeridas como para considerarlo titular de derechos autorales.

Asimismo, el Tribunal tuvo en cuenta que fue justamente el Sr. Boffa quien reconoció que su empleadora le había encomendado las tareas de crear y desarrollar las temporadas de “La casa de Playhouse Disney” y “La florería de Bárbara” (obras por encargo, según los dichos del actor).

En consecuencia, la Cámara resolvió que los aspectos patrimoniales de los derechos de las obras televisivas por las que reclamó el actor, dado que estas fueron creadas –en el mejor de los supuestos– en ocasión del servicio, y dentro de sus funciones específicas o implícitas, pertenecían al empleador.

De igual manera, señalamos que en ambas instancias, los jueces hicieron lugar parcialmente a la excepción de prescripción de la acción por el reclamo de derechos patrimoniales –defensa planteada por Disney.

En este caso, la vaguedad del reclamo, la falta de pruebas sobre la alegada autoría y el puesto para el que había sido contratado el demandante –hecho no rebatido por el actor-, determinaron la suerte de esta acción, y gracias a ello, el ratón animado más famoso del mundo evitó desembolsar una buena cantidad de dinero.

Para información contactarse con: csirianni@ojambf.com.

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